IMPUESTOS: DESCUENTOS Y EXIMICIONES

· Beneficio por estar al día
Cuando se opte por el pago de la cuota única para el año 2021, dentro del vencimiento establecido (12/02/2021), y no se presente deuda anterior se realizará un descuento del 20% (veinte por ciento) sobre el monto del año vigente. Con un adicional de descuento de un 10% (diez por ciento) si el pago se realiza mediante página web del municipio.
· Eximición
Las actividades comerciales NO ESENCIALES que al 31/12/2020 se encuentren con la tasa al día, sin deuda tributaria, gozarán de eximición a la tasa antes mencionada por todo el período 2021.
VÁLIDO A PARTIR DEL 20 DE ENERO
Los mismos están contemplados en la Ordenanza 027/2020 en los Artículos 62º y 71º.